Alejandro Dausá
El Municipio de Santa Cruz de la Sierra debe elaborar su Carta Orgánica. Dicho proceso tendrá lugar en medio de una coyuntura particularmente espinosa de la ciudad que ya sobrepasó el millón y medio de habitantes y marcha a paso sostenido hacia una situación cada día más caótica con relación al tráfico vehicular, desborde de basura, desperdicios y suciedad, desatención social, elevadísima contaminación ambiental, proliferación de enfermedades (dengue) y un descontrol generalizado, ininterrumpido y ascendente que probablemente le garanticen en algún tiempo más la categoría de urbe invivible.
Por ese motivo llama la atención la opacidad, escasa difusión y endeblez de las propuestas de elaboración de ese cuerpo legal, que debería tener un peso específico equivalente a su importancia como norma básica del espacio inmediato de ejercicio de ciudadanía.
Una agencia de noticias recogía recientemente afirmaciones del concejal Oscar Vargas, en el sentido de que ya existe un cronograma con sus respectivas ordenanzas, más un presupuesto de Bs 1.500.000 para la confección de la Carta Orgánica. Indicaba además que la elección de los/las vecinos/as encargados/as de elaborarla se hará “por sorteo”. El mecanismo coincide con el método presentado en dos detalladísimos y minuciosos documentos preparados por una consultora, que fueron distribuidos recientemente entre pocas personas e instituciones[1]. Ignoramos si se trata de algo oficial, ya que la falta de transparencia informativa parece ser parte de la estrategia de opacidad ya mencionada.
Sorprende el recurso al método de sorteo para escoger a los/las vecinos/as responsables de la Carta Orgánica. Ampararse en el azar para proyectar la norma básica de una ciudad con las complejidades de Santa Cruz no parece fruto de la improvisación o la confianza ingenua en la suerte sino más bien el retorno a prácticas trilladas que derivaron invariablemente en la manipulación de diferentes procesos por parte de los clásicos grupos de poder locales, tal y como sucedió con los estatutos autonómicos.
Como si el enorme riesgo de la poca consistencia de un grupo de personas sorteadas circunstancialmente no fuera suficiente, la consultora ya referida propone la contratación de un grupo técnico encargado nada menos que de definir ejes temáticos con sus correspondientes contenidos, diagnosticar problemas y necesidades, y elaborar escenarios prospectivos. Otro equipo, también contratado, estaría encargado del mapeo de los grupos sociales interesados en el proceso de producción de la Carta Orgánica.
El art. 275 de la CPE y el art.53 de la LMAD utilizan el concepto “elaboración participativa” para referirse a la vía de gestación de cartas orgánicas. Como la idea es en sí misma ambigua y relativamente fácil de adulterar, como vimos más arriba, debemos subrayar y recoger la experiencia histórica reciente de numerosas organizaciones populares, que se ejercitaron en la democracia participativa reapropiándose de espacios de poder y cualificando sistemáticamente la noción de participación. Participar no es solamente estar presente en una actividad, hablar, opinar, ser sorteado o confiar tareas fundamentales a tecnócratas contratados, sino incidir en la realidad desde una ciudadanía activa, gestora de procesos sociales, laborales, políticos, productivos o culturales. Transitar de la participación formal y cosmética a la participación real implica provocar modificaciones en las estructuras de poder; los sucesos del último sexenio en nuestro país dan muestras sobradas de esta dinámica que evoluciona consolidando el poder popular desde abajo y perfeccionando prácticas de participación. Hay ya suficientes acumulados y avances en el campo popular como para abandonar el futuro de la ciudad de Santa Cruz a los albures de un bingo municipal.